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Un hombre fue sentenciado a cumplir una condena de 4 años en prisión por haber cometido abuso sexual contra una joven de 15 años en Verín. El culpable se había comunicado anteriormente con la víctima a través de Facebook

OURENSE, 7 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a 4 años de cárcel a un hombre por violar a una menor de 15 años de edad en Verín, y le ha impuesto la prohibición de acercarse o comunicarse con ella durante 5 años.

Según la resolución de la sección segunda de la Audiencia, los hechos ocurrieron en noviembre de 2017. Así, consideran probado que la víctima y el acusado, que se habían conocido por Facebook, quedaron en la tarde del 4 de noviembre de 2017 y estuvieron, en compañía de una amiga de la chica, en una tienda en Verín y luego, en el coche del acusado (que entonces tenía 25 años), escuchando música en el entorno del Balneario de Fontenova.

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A última hora de la tarde, la amiga de la víctima se tuvo que ir y los dos se quedaron solos, dirigiéndose en coche a una zona forestal. Allí el acusado aparcó debajo del puente de una autovía y, tras un rato escuchando música, se pasó al asiento trasero donde estaba la menor.

En un momento determinado, comenzó a realizarle tocamientos por todo el cuerpo y la inmovilizó, a pesar de que la niña le pidió que parase. Poniéndose encima de ella para que no pudiera moverse, la penetró vaginalmente y, después, la devolvió a las inmediaciones de su domicilio.

La niña contó a su amiga esa misma noche lo que había ocurrido y ambas fueron horas después a una farmacia a buscar la píldora ‘del día después’. En ese momento, por miedo, no contó nada a su familia, pero sí relató lo sucedido tres meses después, cuando se interpuso la denuncia.

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CREDIBILIDAD DE LA VÍCTIMA Y CONDENA

La Audiencia ha dado credibilidad al testimonio de la víctima, que ha renunciado a reclamar indemnización alguna, frente a las “lagunas y contradicciones” del acusado.

Por ello, le ha impuesto una condena de cuatro años de cárcel por agresión sexual a menor de 16 años, con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, y le prohibe acercarse o comunicarse con la víctima durante 5 años.

Con respecto a la enfermedad que sufre el acusado, esquizofrenia paranoide, el tribunal señala que en el momento de los hechos se encontraba en tratamietno y estaba “estable”, con “solo una discreta limitación psicofísica”.


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