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El socialista Rafael Villarino recurrirá el archivo de la causa contra Baltar y diputados del PP y DO por prevaricación

OURENSE, 11 (EUROPA PRESS)

El portavoz socialista en la Diputación de Ourense, Rafael Rodríguez Villarino, ha avanzado que interpondrá recurso contra la decisión del juzgado de Instrucción número 1 de Ourense de archivar de la causa abierta por la denuncia sobre un posible delito de prevaricación contra el presidente de la Diputación, Manuel Baltar, y los portavoces, en el año 2020, del Partido Popular, Rosendo Fernández, y de Democracia Ourensana, Miguel Caride.

En concreto, Villarino ha dicho “no compartir” los argumentos esgrimidos por el titular del juzgado para tomar esta decisión, que se ha producido “incluso sin haber citado a declarar” a los querellados.

Para Villarino existen “indicios evidentes, manifestados públicamente” de que adoptaron “una decisión injusta a sabiendas”, argumentando que le denegaron “como venganza” una compatibilidad laboral a tiempo parcial como docente universitario, “a pesar de contar con informes técnicos y propuesta de resolución favorables”.

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En la misma línea, el portavoz socialista subraya que esta negativa, acordada en el pleno provincial de julio del 2020, fue anulada por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El juzgado ha hecho pública este miércoles su decisión de sobreseer y archivar esta causa, que se abrió a raíz de una querella interpuesta por el portavoz del PSOE en la institución provincial contra el ente supramunicipal por impedir la compatibilidad de su cargo con el desempeño de su puesto de profesor en el campus de la Universidad de Vigo en Ourense.

El magistrado explica en el auto que “en ningún caso puede ser considerado como contrario al ordenamiento jurídico” el hecho que los grupos provinciales de los querellados rechazasen la solicitud del diputado provincial del PSOE, en régimen de dedicación exclusiva, para compatibilizar su cargo.

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Asimismo, el instructor señala como “significativo” el hecho de que la querella “no se dirige contra todos los diputados provinciales que votaron en contra de la compatibilidad, sino únicamente contra el presidente de la institución y contra los portavoces del PP y de DO”, lo que le lleva a concluir que “se utiliza como un instrumento de Vendetta política”.

Asimismo, considera “posible” que se produzca “un cambio de opinión” de los diputados provinciales y por eso “no hay un acuerdo idéntico” al que hubo en 2019, cuando se le reconoció el derecho al querellante.

Sí reconoce la sentencia que, en el debate previo a la votación del pleno, el portavoz del PP afirmó que el solicitante no merecía la compatibilidad porque, a su juicio, “no cumplía la exclusividad que tiene reconocida en la Diputación”. También que el diputado de DO apuntó que cuando a algún diputado se le reconoce la compatibilidad “se le está haciendo un favor” y que, “por el comportamiento del interesado prefería no hacerle este favor”.

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De este modo determina que, “aún admitiendo” que el voto emitido por los diputados “tenga por objeto castigar la conducta beligerante del querellante”, eso “no los convierte en acreedores de una sanción penal” porque “el voto es defendible desde un punto de vista jurídico”.


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